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Estado de alarma y el uso de bicicleta

Estado de alarma y el uso de bicicleta

Muchos son los casos de detenciones que se están dando actualmente en España debido al estado de alarma y muchos son los relacionados con ciudadanos y el uso de bicicleta. Hace poco un enfrentamiento verbal se ha hecho viral en las redes sociales cuando se dió una detención a un ciclista, lo que nos lleva a la siguiente duda: ¿Podemos usar la bicicleta en desplazamientos autorizados?

Según el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el Artículo 7 se establecen las limitaciones de la libertad de circulación de las personas durante dicho periodo y no se prohíbe explícitamente ningún tipo de vehículo:

Las actividades autorizadas son:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

  • Por tanto, siempre que fuese cierto que el ciclista se dirigía a su puesto de trabajo, no estaría incumpliendo la normativa.

    De hecho, a pesar de que el texto legislativo no hace referencia expresa a la bicicleta, el documento del Ministerio de Justicia en el que se da respuesta a las cuestiones planteadas sobre la interpretación del Real Decreto es claro:

    “Como puede observarse, la voluntad del legislador es que aquéllas actividades para las que se permite la circulación de las personas durante la vigencia del estado de alarma se realicen en todo caso “individualmente”, ya se haga la circulación andando, corriendo, en bicicleta, en motocicleta o en cualquier tipo de vehículo”

    Recordamos que en España, de acuerdo con las últimas cifras ofrecidas por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska el incumplimiento del estado de alarma suma ya 996 detenciones, 102.000 denuncias y una condena.

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