La nueva normativa sobre la famosa Inspección Técnica de Vehículos (ITV) ya ha entrado en vigor. La norma resulta de adaptar una directiva europea del año 2014 y hay que entenderla como una herramienta más para reducir a la mitad el número de fallecidos en accidentes de tráfico en Europa en 2020. Además, de contribuir a que los coches en circulación no contaminen más de lo permitido.Los cambios se han venido trabajando desde hace más de un año. No obstante, ni van a llegar todos los que se esperaban, ni todos los que se introducen lo harán de forma inmediata. A continuación, le explicamos cómo quedan las cosas.
¿Quiénes deben pasar la ITV?Se trata de una prueba de obligado cumplimiento para todos los vehículos a motor, con una periodicidad que viene definida por el tipo de vehículo y su antigüedad. Por ejemplo, en los turismos y vehículos de hasta nueve plazas, están exentos durante los primeros cuatro años desde su matriculación, luego pasa a ser bianual y, cuando se cumplen los 10 años, la revisión es anual. En las motos, hasta los cuatro años no se exige (tres en los ciclomotores), luego pasa a ser cada dos años.
La multa por no pasarla es de 200 euros, igual que si se ha pasado pero es el resultado es desfavorable. Una vez denunciados, nos darán un plazo de 10 días para resolverlo. Si en cambio ha sido negativa, es decir se han detectado fallos que suponen un grave peligro para la circulación, la sanción ronda los 500 euros y el vehículo será precintado. Como media, un 20% de los conductores no acude a pasar la ITV, porcentaje que se aproxima al 50% en las motocicletas y furgonetas.
¿Cómo cambian los centros donde se pasa la ITV?La nueva norma les exige nuevos equipamientos (tendrán un año para adaptarse) y que sean acreditados, si no lo están ya, como organismos de inspección de tercera. En España, hay instalaciones de tres tipos: liberalizadas (como en Madrid), operadas directamente por las CCAA (que son la competentes junto con el Estado central) a través de empresas públicas, o gestionadas por empresas privadas a través de concesiones. El primer tipo es residual y, en todo caso, ninguna empresa dedicada al transporte por carretera o a la venta de automóviles podrá ser titular de una ITV para "mantener su imparcialidad", aunque la competencia en el sector ha sido puesta en duda varias veces por la CNMC (la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia).
Asimismo, se refuerza la calidad del servicio con inspectores que tienen que ser técnicos superiores (o de un grado inferior, pero con tres años de experiencia). Tendrán, además, que actualizar su formación cada tres años.
¿Cómo afectará esto a los precios de la ITV?El acceso a OBD no obligará ni a los propietarios de los vehículos ni a operadores de ITV a pagar a los fabricantes, ya que el acceso se restringe a las centralitas de emisiones, que son las únicas con protocolos estandarizados, afirma Rodrigo Radovan, director de expansión y desarrollo de negocio de TÜV Rheinland, con más de 25 ITV en España. Habrá que ver qué pasa cuando ese acceso se refiera a los dispositivos de seguridad.
En todo caso, el precio de las inspecciones se fija de forma diferente en cada CCAA dependiendo del régimen de mercado establecido: por ejemplo, en aquellas con mercado liberalizado, cada operador decidirá si las nuevas pruebas afectan a su tiempo de inspección y si, en consecuencia, consideran oportuno modificar sus tarifas. Por tanto, es una decisión de cada operador. En CCAA con régimen concesional, o autorización con precios fijados, la decisión está en manos de aquellas.Como referencia, pasar la ITV en Navarra a un coche diésel cuesta 33,90 euros, mientras que hacerlo en Madrid (liberalizada) sale por 56,50. En el caso de un vehículo de gasolina, la horquilla de precios oscila entre los 33,9 euros de Navarra y los 47,1 de Cantabria. Lo normal es que la inspección a un vehículo de gasóleo sea más cara, pero en unas pocas regiones, cuesta exactamente lo mismo